APRUEBA CONSEJO MUNICIPAL DE SALUD Y SEGURIDAD PROTOCOLOS PARA SPRING BREAK Y SEMANA SANTA 2021

XXIII H. AYUNTAMIENTO DE PUERTO PEÑASCO

Boletín de Prensa 0611

APRUEBA CONSEJO MUNICIPAL DE SALUD Y SEGURIDAD ESTRATEGIA PARA REFORZAR Y MITIGAR EL CONTAGIO Y PROPAGACIÓN DEL VIRUS COVID-19 PARA EL PERIODO VACACIONAL DE SPRING BREAK Y SEMANA SANTA

Puerto Peñasco, Sonora; a 24 de febrero del 2021.- Con el objetivo de salvaguardar la vida e integridad de residentes y visitantes, y como parte de la estrategia de seguir oxigenando la economía de acuerdo al plan “Peñasco se Activa”, integrantes del Consejo Municipal de Salud y Seguridad aprobaron nuevas medidas preventivas y protocolos para el periodo vacacional de Spring Break y Semana Santa 2021, para reforzar los trabajos que se realizan para mitigar el contagio por COVID-19 en este inicio de la temporada turística.

Esta propuesta aprobada, por el Consejo inicia a partir del 26 de febrero al 14 de marzo, en el periodo vacacional de Spring Break, así como del 29 de marzo al 04 de abril durante el periodo vacacional de Semana Santa, después de este periodo los protocolos volverán como anteriormente estaban definidos.

En la primera reunión ordinaria, integrantes del Consejo manifestaron el interés de seguir trabajando de manera coordinada entre Gobierno y Sociedad para hacer respetar los acuerdos y recomendaciones para evitar la propagación del Coronavirus, y evitar que el semáforo epidemiológico cambie a color rojo para no afectar la economía y temporada turística tal como sucedió el año anterior ante la pandemia mundial. 

Dentro de los acuerdos, está la ampliación de horario de resguardo domiciliario obligatorio para Spring Break y Semana Santa, prohibición de contratación de grupos musicales y programación de música en áreas turísticas como es El Malecón, Calle 13, Playas y similares, así como la aplicación de los protocolos preventivos vigentes como son uso obligatorio de cubrebocas, lavado frecuente de manos, aplicación de gel antibacterial, termómetros digitales, tapetes y túneles sanitizadores, ozonificadores, aforos permitidos, entre otros reglamentos ya definidos.

El secretario del Ayuntamiento, Terencio Gutiérrez Valenzuela informó que, durante previo a esta sesión, se llevó a cabo diversas reuniones de acercamiento y consenso con la Oficina de Convenciones y Visitantes (OCV) Puerto Peñasco, Cámara Nacional de Comercio (CANACO) de Puerto Peñasco, Sindicato de Músicos, gremio hotelero, restaurantes y bares, prestadores de servicios turísticos, establecimientos de comida rápida (Fijos y Semifijos), Mercados, Súper Mercados, Abarrotes, Tiendas de Autoservicio y Similares, etcétera.

Por último, recordó que, existen más de 3 mil cartas compromisos firmadas por todos aquellos que se integraron a la reactivación económica durante la pandemia de Covid-19, por lo que quienes incumplan serán sujetos a llamadas de atención, multas y sanciones, así como cierre temporal del establecimiento o licencia de operación.

MEDIDAS APROBADAS POR UNANIMIDAD

Aprobación por Unanimidad, de las medidas preventivas y de seguridad establecidas para el Período Vacacional de Spring Break y Semana Santa 2021 en el Municipio de Puerto Peñasco, Sonora; siendo las siguientes:

1.- Para todos los residentes, visitantes y población en general, se mantienen vigentes todas las medidas de seguridad y prevención en contra del contagio y propagación del Virus COVID-19, previamente establecidas por el Consejo de Seguridad y Salud.

2.- Se establece el siguiente horario para el desarrollo de actividades durante los días del viernes 26 de febrero al domingo 14 de Marzo (spring break) y del lunes 29 de Marzo al domingo 04 de Abril (semana mayor) del presente año:

  • Horario de actividades de lunes a jueves de las 06:00 am. a las 00:00 horas.
  • Horario de actividades de viernes a domingo de las 06:00 am. a la 01:00 am.

3.- Se establecen las siguientes medidas para el desarrollo de actividades en Hoteles, Moteles, Condominios, Casas de Renta y similares:

  • Se respeta lo establecido en el punto número 1 del presente orden del día.
  • En hoteles y moteles, podrán operar al 60% de su máxima capacidad.
  • En Condominios, Villas y similares, podrán operar al 80% de su máxima capacidad.
  • En casas de renta, podrán operar al 100% de su capacidad.

4.- Se establecen las siguientes medidas para el desarrollo de actividades en Locales de Fiestas y/o Reuniones:

  • Se respeta lo establecido en el punto número 1 del presente orden del día.
  • Se respeta los horarios establecidos en el punto número 2 del presente orden del día (el horario para la venta y consumo de bebidas alcohólicas queda sujeto a lo establecido por la Dirección de Alcoholes del Estado de Sonora).
  • En lugares cerrados, podrán operar al 40% de su máxima capacidad.
  • En lugares al aire libre, podrán operar al 50% de su máxima capacidad.

5.- Se establecen las siguientes medidas para el desarrollo de actividades en Pesca Deportiva y Barcos Turísticos:

  • Se respeta lo establecido en el punto número 1 del presente orden del día.
  • Se respeta los horarios establecidos en el punto número 2 del presente orden del día.
  • En embarcaciones de Pesca Deportiva, podrán operar al 80% de su máxima capacidad, incluyendo tripulación.
  • En embarcaciones turísticas, podrán operar al 60% de su máxima capacidad, incluyendo tripulación.
  • Queda restringido el acceso a embarcaciones turísticas de personas menores de 12 años y mayores de 65 años.
  • Respetar los protocolos de seguridad y horarios que emita Capitanía de Puerto para todo tipo de embarcaciones.

6.- Se establecen las siguientes medidas para el desarrollo de actividades en Restaurantes y Bares:

  • Se respeta lo establecido en el punto número 1 del presente orden del día.
  • Se respeta los horarios establecidos en el punto número 2 del presente orden del día (el horario para la venta y consumo de bebidas alcohólicas queda sujeto a lo establecido por la Dirección de Alcoholes del Estado de Sonora).
  • En lugares cerrados, podrán operar al 50% de su máxima capacidad.
  • En lugares al aire libre, podrán operar al 60% de su máxima capacidad.
  • Podrán realizar la contratación de Música en vivo como Bandas, Grupos Norteños, Mariachis y similares, preferentemente de la localidad.

7.- Se establecen las siguientes medidas para el desarrollo de actividades en el Área Turística de “El Malecón”:

  • Se respeta lo establecido en el punto número 1 del presente orden del día.
  • Desarrollo de todo tipo de actividades en el horario de las 07:00 am. a las 11:00 pm.
  • Queda prohibido la contratación de Grupos Musicales y programación de música de vehículos.
  • Queda prohibido la venta de bebidas alcohólicas en la vía pública e instalación de barras para la venta de cerveza.
  • Todos los comercios y restaurantes del área de “El Malecón” deberán acatar las presentes reglas.

8.- Se establecen las siguientes medidas para el desarrollo de actividades en el Casco Urbano (Calle 13, Mirador y toda la Ciudad en General):

  • Se respeta lo establecido en el punto número 1 del presente orden del día.
  • Se respeta los horarios establecidos en el punto número 2 del presente orden del día (el horario para la venta y consumo de bebidas alcohólicas queda sujeto a lo establecido por la Dirección de Alcoholes del Estado de Sonora).
  • Queda prohibido la contratación de Grupos Musicales y programación de música de vehículos en la vía pública.
  • Queda prohibido la venta de bebidas alcohólicas en la vía pública e instalación de barras para la venta de cerveza.

9.- Se establecen las siguientes medidas para el desarrollo de actividades en la Playas Públicas (Playa Hermosa, Playa Bonita, Mirador, Mi Playa y La Choya):

  • Cumplir con los protocolos de seguridad y salud emitidos por la Dirección Municipal de ZOFEMAT.

10.- Se mantienen vigentes todos los protocolos preventivos y de seguridad establecidos en contra del contagio y propagación del Virus COVID-19, así como lo establecido en la Carta Compromiso ratificada ante la Dirección Municipal de Desarrollo Económico, para los diferentes Giros Comerciales y Centros de Culto.

11.- Se establece reforzar todos los protocolos preventivos y de seguridad establecidos en contra del contagio y propagación del Virus COVID-19, en Hoteles, Moteles, Áreas Condominales, Restaurantes, Bares y todo el Comercio y Prestador de Servicios Turísticos en general; en caso de omisión o incumplimiento podrán ser acreedores a una sanción o suspensión temporal y/o permanente del establecimiento.

12.- Aprobación por Unanimidad, de la propuesta para exhortar y/o invitar a los Sectores Hoteleros, Condominales y similares, Restaurantes y todos los prestadores de Servicios Turísticos en general; a realizar el 5% de descuento a todos los visitantes y/o clientes que presenten prueba reciente negativa de COVID-19 y/o comprobante de la aplicación de la Vacuna contra el virus en mención.

13.- Aprobación por Unanimidad, de la propuesta realizada ante la Secretaria Municipal, por los representantes de las diferentes Cadenas Comerciales de Autoservicio de esta Ciudad, para ampliación de servicio a su horario original a 24 horas.

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